La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha confirmado la calificación que suspendió la asignación de un número de registro único de alquiler turístico en Toledo. Sobre una misma finca registral se presentaron tres solicitudes referidas a la finca completa, aunque la documentación turística y municipal identificaba tres alojamientos distintos.
La resolución aclara que cada unidad solo puede tener asociado un número de registro por categoría y tipo de arrendamiento. Una misma unidad puede contar simultáneamente con un número para alquiler turístico y otro para alquiler no turístico, pero no con varios números turísticos correspondientes a idéntica unidad.
El problema no reside únicamente en que existan varias solicitudes, sino en la falta de correspondencia entre el Registro de la Propiedad y las habilitaciones administrativas. Para obtener números separados, cada alojamiento debe quedar identificado con precisión, indicando la superficie, situación y delimitación de la parte concreta de la finca a la que se refiere la solicitud.
La Dirección General señala que no siempre es necesario segregar la finca o constituir una división horizontal. El defecto puede subsanarse inscribiendo previamente la división o delimitando correctamente cada parte en la solicitud, siempre que la normativa aplicable lo permita. La resolución no establece un plazo general de adaptación; en este expediente, confirma la suspensión y señala un plazo de dos meses desde la notificación para recurrir judicialmente.